Estrategia Fiscal

SCJN Confirma Obligación de Agentes Aduanales de Declarar Evolución Patrimonial

8 de agosto de 2026

SCJN Confirma Obligación de Agentes Aduanales de Declarar Evolución Patrimonial

De acuerdo con un comunicado de prensa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 13 de julio de 2026, el Pleno del Máximo Tribunal ha establecido un criterio obligatorio sobre la negativa de la suspensión provisional en juicios de amparo que impugnan la obligación de las personas agentes aduanales de presentar su declaración anual de evolución patrimonial.

Implicaciones para la Transparencia y el Comercio Exterior

Esta determinación resuelve una contradicción de criterios entre tribunales colegiados. Mientras uno sostenía que la suspensión debía negarse por afectar el interés social y el orden público —dada la importancia de los agentes aduanales en el comercio exterior y la prevención de prácticas indebidas—, el otro consideraba que la suspensión sí procedía por una mayor afectación al derecho a la intimidad y protección de datos personales.

La SCJN confirmó que, conforme al artículo 129, fracción XV, de la Ley de Amparo, debe negarse la suspensión provisional cuando esta es contraria al interés social o al orden público. En el caso de los agentes aduanales, conceder la suspensión impediría a la autoridad competente obtener información financiera crucial para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita u otras conductas ilegales. Esto, a su vez, podría afectar gravemente las finanzas públicas, la economía y la seguridad nacional, entre otros aspectos fundamentales.

Para los clientes de un despacho como Global Corpus Business, que manejan operaciones de comercio exterior o tienen relación con agentes aduanales, esta resolución subraya la importancia de la transparencia y la estricta observancia de las obligaciones fiscales y de compliance. La postura de la SCJN refuerza el marco legal para la prevención de ilícitos, asegurando que los actores clave en el comercio internacional cumplan con los estándares de rendición de cuentas. Además, la Corte puntualiza que negar la suspensión no afecta desmedidamente la esfera jurídica de los agentes aduanales, ya que, en caso de que se otorgue un amparo definitivo, la información podría ser anulada, restituyendo así sus derechos.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Cada caso debe analizarse de forma individual.