Estrategia Corporativa
La SCJN Refuerza Derechos de Personas con Discapacidad e Indígenas
4 de septiembre de 2026

De acuerdo con un comunicado de prensa No.117/2026 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 18 de agosto de 2026, el Máximo Tribunal ha emitido resoluciones significativas que impactan los derechos de las personas con discapacidad y el acceso a la justicia de personas indígenas en México.
Derecho a la consulta de personas con discapacidad
La SCJN reafirmó que las personas con discapacidad tienen derecho a participar, mediante una consulta previa, estrecha y activa, en la elaboración de legislación que incida en sus derechos e intereses. El Pleno declaró la invalidez, con efectos diferidos, de los artículos 35 de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad y 205 Bis del Código Municipal, ambos del estado de Tamaulipas. Estas normas establecían la obligación de reservar al menos 3% de los empleos públicos municipales para personas con discapacidad. La invalidez se dictó porque el Congreso local no realizó la consulta previa obligatoria, aun cuando la norma pudiera considerarse benéfica. Se otorgó un plazo de 12 meses para reponer el procedimiento legislativo.
Adicionalmente, la SCJN determinó la invalidez con efectos inmediatos de las porciones normativas de dichos artículos que exigían una "certificación de sus competencias" para acceder a esos empleos. Esta condición fue considerada discriminatoria y contraria al derecho a la igualdad, al imponer una carga adicional injustificada.
Para las empresas y entidades, esta resolución subraya la importancia de los procesos legislativos y la participación de los grupos afectados. Implica que cualquier regulación o política que concierna a personas con discapacidad debe cumplir con el requisito de consulta, y que las prácticas laborales deben evitar requisitos discriminatorios.
Protección del acceso a la justicia de personas indígenas
En otro asunto, la SCJN resolvió que la autoadscripción de una persona como perteneciente a un pueblo o comunidad indígena es suficiente para que las autoridades jurisdiccionales activen las medidas necesarias para garantizar su acceso efectivo a la justicia. No se pueden exigir formalidades o pruebas adicionales para reconocer esta condición. Esto significa que, una vez manifestada la autoadscripción, las autoridades deben valorar la situación para determinar si son necesarias medidas como un intérprete o defensa especializada.
Esta decisión es crucial para la estrategia legal de cualquier firma o empresa que enfrente litigios. Es fundamental estar consciente de la autoadscripción indígena de cualquier parte involucrada y de la obligación de las autoridades de activar salvaguardas, lo que puede influir significativamente en el desarrollo y resultado de un proceso judicial.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Cada caso debe analizarse de forma individual.
