Protección Patrimonial

SCJN Confirma Eliminación de Adopción Simple en Jalisco: Implicaciones Patrimoniales

12 de agosto de 2026

SCJN Confirma Eliminación de Adopción Simple en Jalisco: Implicaciones Patrimoniales

De acuerdo con un comunicado de prensa No. 111/2026 emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 06 de agosto de 2026, el Máximo Tribunal ha confirmado la obligación del Congreso del Estado de Jalisco de eliminar de su legislación procesal toda referencia a la figura de la adopción simple. Esta decisión refuerza el modelo único de adopción plena e irrevocable previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La SCJN señaló que el Congreso de Jalisco incurrió en una omisión legislativa al no adecuar su normatividad, pese a un mandato expreso de armonización desde 2019. Esto significa que los artículos 1027 y 1029 del Código de Procedimientos Civiles local, que aún mencionan la adopción simple, deben ser modificados. La Corte enfatizó que la figura de la adopción simple es incompatible con el modelo constitucional y convencional de protección integral de la niñez, cuyo objetivo es garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en familia mediante vínculos filiales plenos, permanentes y en condiciones de igualdad.

Para los clientes de un despacho con enfoque en estrategia patrimonial, esta confirmación es de gran relevancia. La adopción plena e irrevocable otorga a los hijos adoptados la misma estabilidad, seguridad jurídica y derechos que a los hijos biológicos, eliminando cualquier ambigüedad en cuestiones de herencia, sucesión patrimonial y reconocimiento de derechos familiares. Asegura que la planificación patrimonial refleje de manera inequívoca la plena integración de los hijos adoptados en la estructura familiar, previniendo posibles disputas o incertidumbres legales a futuro.

Análisis Interseccional en Casos de Violencia

En el mismo comunicado, la SCJN también se pronunció sobre la importancia de que las personas juzgadoras analicen las posibles relaciones de poder entre las partes desde una perspectiva de género e interseccionalidad en casos de violencia sexual. Este enfoque integral busca evitar que se descarte la existencia de desigualdad basándose en un único elemento, y exige valorar las pruebas libres de estereotipos, ordenando las diligencias necesarias para esclarecer contextos de violencia.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Cada caso debe analizarse de forma individual.