Protección Patrimonial
SCJN Anula Cláusulas de Ley de Voluntad Anticipada por Falta de Consulta a Personas con Discapacidad
4 de septiembre de 2026

De acuerdo con un comunicado de prensa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 19 de agosto de 2026, el Pleno de la Corte reafirmó que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en el diseño de cualquier norma que incida directamente en sus derechos e intereses.
La SCJN invalidó diversas disposiciones de la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Chiapas, al determinar que impactaban directamente en la capacidad jurídica y derechos de las personas con discapacidad y fueron aprobadas sin la consulta previa correspondiente. El Máximo Tribunal enfatizó que esta consulta no es una mera formalidad, sino un derecho humano que garantiza la participación efectiva. La Corte invalidó de manera inmediata las normas que condicionaban la suscripción de un documento de voluntad anticipada a requisitos como estar "en pleno uso de sus facultades mentales" o tener "capacidad de ejercicio", así como aquellas que limitaban a los posibles representantes o testigos.
Para los clientes de nuestra firma, esta resolución establece un precedente crucial. Refuerza la importancia de la inclusión y la participación efectiva de las personas con discapacidad en los procesos legislativos. En el ámbito de la protección patrimonial y la planificación de herencias, es fundamental considerar estos principios al elaborar documentos como testamentos o poderes, especialmente cuando involucren a personas con discapacidad. La anulación inmediata de cláusulas restrictivas abre nuevas perspectivas para asegurar la autonomía y el ejercicio pleno de los derechos de nuestros clientes y sus familias.
Asimismo, la SCJN difirió por 12 meses la invalidez de disposiciones que preveían medidas de accesibilidad para personas con discapacidad auditiva y visual. Esta modulación de efectos busca evitar un vacío legal y permitir que el Congreso local realice la consulta adecuada y emita una nueva regulación en ese plazo.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Cada caso debe analizarse de forma individual.
